Illapel: Minera Los Pelambres demanda por $943 millones por bloqueos en accesos a instalaciones “neurálgicas” para su operación

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Escrito de 47 páginas, entablado por la empresa, se encuentra alojado en el Juzgado de Letras de esa ciudad. Del texto se desprende que hubo impedimentos a la ejecución del Plan de Cierre de la Ex Piscina KM 80 autorizado por Sernageomin, así como también la operación permanente de la Estación Booster, establecimiento indispensable el funcionamiento seguro y controlado del concentraducto soterrado.

Minera Los Pelambres (MLP), el yacimiento más productivo del grupo Antofagasta Minerals y la principal empresa de la región de Coquimbo, entabló una demanda por $942.977.528 contra cinco dirigentes del sector Choapa Viejo, en la comuna de Illapel, por bloqueos en accesos a instalaciones “neurálgicas” para su operación.
La causa, de 47 páginas, alojada en el Juzgado de Letras de esa ciudad, se funda en que la empresa “ha sido víctima de una serie de actos cometidos por los demandados, los cuales han consistido en bloquear el único camino privado de uso público con el que cuenta para acceder a predios de su propiedad, en el que se ubican instalaciones neurálgicas para el desarrollo de su giro”. “Producto de estos bloqueos, nuestra representada ha sufrido una serie de graves perjuicios patrimoniales”, indicó.
La empresa explicó que “el contexto del complejo proceso productivo que realiza en la IV Región, MLP cuenta con dos instalaciones en el sector de Choapa Viejo, comuna de Illapel, Región de Coquimbo: la Estación Booster y la Ex Piscina KM 80. Dichas instalaciones se encuentran situadas en los predios denominados Sitios N°101 y N°106 del Lote N°2 Las Cañas”.

Desde mediados de marzo de 2023, los demandados -individualizados como Hugo Araya, Juan Montenegro, Yuri Rojas, Katherine Bahamondes y Ana Tello-, dirigentes del sector illapelino “han cometido actos de autotutela, bloqueando los accesos que dispone MLP a las instalaciones en cuestión, impidiendo la ejecución del Plan de Cierre de la Ex Piscina KM 80 autorizado por Sernageomin, así como también la operación permanente de la Estación Booster, establecimiento indispensable el funcionamiento seguro y controlado del concentraducto soterrado ubicado en la provincia del Choapa con el que cuenta nuestra representada para el transporte de los minerales extraídos desde sector cordillerano de la Región hasta su zona costera”.
Tal actitud de los demandados, sostuvo el escrito, viene precedida de diversas exigencias efectuadas por los demandados a Minera Los Pelambres, “vinculadas al pago de cuantiosas sumas de dinero a modo de indemnización por supuestos compromisos asumidos por nuestra representada”. “Todo lo anterior, a pesar de que los demandados no poseen ningún derecho exigible ni declarado judicialmente que los habilite para la realización de actos de autotutela en contra de nuestra representada, lo cual da cuenta de la injusticia e ilegalidad detrás del actuar adoptado”.
La compañía indicó que el detrimento patrimonial se ve incrementado día a día en la medida en que los bloqueos no cesen.
Para la eficiente exploración, explotación y procesamiento de minerales, MLP realiza una serie de actividades que se desarrollan entre el área del yacimiento, ubicada en la Cordillera de Los Andes hasta el sector costero de la comuna de Los Vilos. Dichas actividades son efectuadas a través de un conjunto de instalaciones sectoriales de alto nivel tecnológico, las cuales, además de incluir el área de la mina Los Pelambres propiamente tal, contemplan plantas de procesamiento, tranques de relave, edificios de almacenamiento, concentraductos y una zona portuaria.
Cada una de las fases productivas de MLP se encuentran interconectadas por medio de una serie de obras lineales, a través de las cuales la empresa transporta los relaves, el agua de recirculación de proceso y desalada, y, por sobre todo, el concentrado de minerales desde las faenas hasta el Área Puerto Punta Chungo, lugar en que el concentrado es almacenado y cargado en los barcos a través de una correa encapsulada, con el fin de que las materias primas extraídas sean exportadas.

El transporte de las referidas materias primas es realizado a través de un ducto de conducción enterrado, cerrado y hermético impulsado mediante bombeo -denominado concentraducto- de una extensión de 120 km de longitud y 8 pulgadas de diámetro que, a su vez, posee instalaciones de monitoreo permanente y piscinas capaces de contener, en casos de emergencias, la totalidad del contenido que, diariamente, dichas tuberías transportan.
Son precisamente estas instalaciones complementarias de las referidas obras lineales, ubicadas en el sector de Choapa Viejo, comuna de Illapel, las que han dado lugar al conflicto de la presente acción judicial.