40 horas: reducción de jornada laboral beneficiará a 174 mil trabajadores, un 46% de los asalariados en la región

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Disminución será gradual, pues pasará a 44 horas semanales, al primer año de publicada la normativa. Luego bajará a 42 horas al tercer año y, finalmente, a 40 horas al quinto año, sin implicar una rebaja en las remuneraciones. Además, se establecen medidas como la posibilidad de implementar bandas horarias y jornadas 4×3.

Después de seis años de tramitación, el Congreso Nacional aprobó este martes 11 de abril la Ley que reduce la jornada laboral de 45 a 40 horas por semana, iniciativa que contó con 127 votos a favor, y que regirá para las personas que tengan un contrato bajo el código del trabajo, sin implicar una rebaja en las remuneraciones.
La disminución de la jornada ordinaria de trabajo será gradual, es decir pasará de 45 a 44 horas semanales, al primer año de publicada la normativa. Luego bajará a 42 horas al tercer año y, finalmente, a 40 horas al quinto año. Estos son plazos máximos, pues cualquier empleador que quiera anticiparse puede hacerlo sin esperar la gradualidad.
La emblemática iniciativa fue llevada adelante con un amplio dialogo con los sectores económicos y políticos. Cabe recordar que el proyecto ingresó, en 2017, como una moción parlamentaria de la diputada Karol Cariola y la entonces parlamentaria Camila Vallejo, actual ministra Secretaria General de Gobierno. En agosto de 2022, el gobierno del presidente Gabriel Boric reactivó el proyecto en la comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, al introducir una serie de indicaciones.
De acuerdo a las cifras de autoridades del sector, serán 174 mil trabajadores y trabajadoras que se beneficiarían de la normativa, esto es un 46% de las personas actualmente asalariadas en la zona. La seremi del Trabajo, Claudia Santander, explicó que “es una muy buena noticia para el país y nuestra región y esperamos que la ley pronto sea promulgada y, efectivamente, el próximo 1 de mayo podamos celebrar junto con los trabajadores y trabajadoras este gran avance en materia laboral y justicia social”.
Por su parte, la seremi de Gobierno, Paulina Mora, comentó que el logro, sin duda, “viene a mejorar la calidad de vida de las y los trabajadores, precisamente, porque el propósito es poder entregar más tiempo con sus familias, el ocio y la vida en comunidad”. “Chile es uno de los países que, al menos, tiene un 11% sobre el promedio de horas trabajadas en relación con los países de la OCDE. Por lo tanto, aquí estamos nivelando y equiparando en derechos”, agregó.

La nueva ley permite distribuir la jornada ordinaria de 40 horas en menos de 5 días, lo que redunda en la posibilidad de implementar jornadas de 4 días de trabajo por 3 días de descanso (4×3), con 10 horas diarias, con acuerdo de los trabajadores, y se establecerán bandas horarias que permitan un ingreso y salida diferenciados al trabajo, adaptables en una ventana de hasta dos horas. Ese tiempo podrá utilizarse por madres o padres con hijos o hijas que tengan menos de 12 años, y también por la persona que tenga a su cargo el cuidado personal de estos últimos. Se trata de un derecho que puede ser ejercido por madre o padre, pero cuando ambos trabajan queda a criterio de la madre si ella hace uso del derecho o el padre. Este aspecto comienza a operar un año después de publicada la ley.

Además, existirán jornadas especiales a trabajadoras de casa particular. Para quienes estén “puertas afuera” operará la reducción a 40 horas semanales, según la jornada ordinaria. Se circunscribe la bolsa de horas extraordinarias, a todo evento, sólo para trabajadoras a tiempo parcial y se disminuye a 12 el número de horas. Para las trabajadoras “puertas adentro” se mantendrá el sistema actual, con un descanso mínimo de 12 horas diarias, pero con una compensación de dos días descanso mensual adicional, a fin de materializar la rebaja. Estos días podrán acumularse de común acuerdo hasta un período de tres meses.
Los choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana y de servicios interurbanos se reducirá jornada mensualizada de 180 horas a una jornada de 40 horas promedio en cómputo mensual. Para los conductores de vehículos de carga terrestre interurbana, se mantiene la opción de una jornada de 180 horas mensuales, pero con una compensación en descanso en 6 días de feriado legal adicional.
Para los trabajadores agrícolas permanentes, este tipo de jornada especial es de carácter anual y fue rebajada proporcionalmente para ajustarse a la rebaja de 40 Horas.