El beneficio tributario aplicará desde diciembre de 2026, aunque el financiamiento hipotecario y las nuevas tasas a los arriendos mantendrán bajo cautela la reactivación del sector.
La entrada en vigencia de la Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social busca reimpulsar el mercado inmobiliario mediante incentivos tributarios, aunque su efectividad dependerá de la capacidad de financiamiento de los compradores y de los costos asociados a las propiedades. A partir del 1 de diciembre de 2026, la primera venta de viviendas nuevas terminadas contará con una exención transitoria del IVA por el plazo de un año. Pese a que esta herramienta busca movilizar el stock disponible, la rebaja no implicará un descuento automático del 19%. Estimaciones de la Cámara Chilena de la Construcción señalan que el traspaso real al valor final oscilará entre un 2% y un 7%, debido a los créditos fiscales que las empresas acumulan durante el desarrollo de las obras. Por esta razón, resultará clave comparar los precios finales para verificar si existe una rebaja efectiva o una estrategia comercial.
Sin embargo, la disminución en el valor comercial no resuelve las barreras de acceso a la vivienda. Factores como los requisitos de renta, el endeudamiento y la evaluación a través del Registro de Deuda Consolidada mantienen condicionada la aprobación de los créditos hipotecarios. Además, existe la posibilidad de que la demanda postergue sus decisiones de compra para aprovechar la franquicia desde diciembre, lo que sumado a la menor incorporación de proyectos futuros podría limitar una recuperación sostenida del sector.
En cuanto a la inversión, desde el 1 de enero de 2027 comenzará a regir un impuesto único y opcional de 5% sobre los ingresos brutos en el arriendo de ciertas viviendas DFL2 de hasta 90 metros cuadrados, aplicable desde la tercera propiedad en personas naturales. La medida incluye una norma transitoria para inmuebles nuevos de hasta 140 metros cuadrados adquiridos dentro del primer año de la ley. Dado que este tributo no contempla deducciones por dividendos, mantenimiento o períodos de vacancia, ni permite solicitar la devolución del IVA mediante el artículo 27 bis, el rendimiento neto de los arrendadores podría verse afectado.
El director ejecutivo de Rabbitts Capital, Luis Conejeros, advierte que no se debe confundir un estímulo tributario con una solución estructural de acceso. Según el ejecutivo, si los compradores continúan enfrentando restricciones de crédito y la oferta futura no se expande, las expectativas no se traducirán en una verdadera superación del estancamiento inmobiliario.
