La medida cautelar, adoptada por la Corte de Apelaciones de La Serena, restringe la línea de tratamiento de sulfuros y el depósito de relaves. De acuerdo a la empresa estatal, se estimará el efecto económico de la determinación del tribunal de alzada, donde presentó los recursos procesales pertinentes para dejar “sin efecto” el cese temporal.
La Empresa Nacional de Minería (Enami) se encuentra frente a un complejo escenario judicial y operativo tras ser notificada de una resolución emitida por la Corte de Apelaciones de La Serena. Según lo informado por la compañía estatal, a través de un Hecho Esencial a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el tribunal decretó una orden de no innovar en el marco de un recurso de protección.
La medida cautelar, dictada el pasado 15 de octubre, dispone la suspensión inmediata de la depositación de nuevos relaves en el Depósito de Relaves Espesados del Complejo Productivo Sur, ex Planta Delta, emplazado en la comuna de Ovalle. Esta paralización parcial se mantendrá activa mientras se tramita y resuelve el fondo de la acción constitucional en curso.
Impacto operativo y acciones de la compañía
La detención del depósito representa un golpe directo a la continuidad operacional del Complejo Productivo Sur. Según los antecedentes entregados por Fiscalía de Enami, la resolución afecta temporalmente una instalación calificada como “esencial” para la faena, ya que restringe de manera directa la línea de tratamiento de sulfuros.
El escenario no solo impacta las operaciones propias, sino también a terceros. La medida limita la capacidad de la empresa para la recepción y procesamiento de minerales provenientes de otros productores que dependen de esta infraestructura en la región, generando “consiguientes efectos operacionales y económicos para la Empresa”.
Frente a esta situación, Enami informó formalmente que ya “ha deducido los recursos procesales pertinentes solicitando que la medida sea dejada sin efecto a la brevedad”. Asimismo, la estatal enfatizó que continuará adoptando todas las acciones necesarias para resguardar la continuidad de sus operaciones mineras y mitigar el alcance económico y logístico derivado de esta resolución judicial.
