Cardones-Polpaico: queda en estudio reclamación de Interchile por multas de $1.500 millones aplicada por la SMA

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Para los ministros Mauricio Oviedo, Cristián López y Eric Sepúlveda, quedó de manifiesto las 53 denuncias de vecinos de sector Altovalsol y El Romero, precisamente por los ruidos que emite la línea de transmisión y los eventuales riesgos a la salud de la población que ello conlleva.

El Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta (1TA) dejó en estudio la reclamación que interpuso la empresa Interchile contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por la sanción de más de $1.500 millones y cuatro Medidas Urgentes y Transitorias, MUT, que aplicó el organismo fiscalizador por incumplimientos ambientales del proyecto Cardones-Polpaico.
Ello, luego que los ministros Mauricio Oviedo, Cristián López y Eric Sepúlveda, escucharan los alegatos de la empresa y la SMA. En la audiencia, se relevó que los incumplimientos dicen relación con monitoreos de ruido que la empresa se había comprometido voluntariamente a realizar tanto en la etapa de construcción, como en la fase de funcionamiento, los que no fueron efectuados en su totalidad, además de la superación de la norma de emisión de ruido por el efecto corona (ruido similar a un zumbido) en ciertos puntos de la línea de transmisión.
Para los jueces, quedó de manifiesto las 53 denuncias de vecinos de sector Altovalsol y El Romero precisamente por los ruidos que emite la línea de transmisión y los eventuales riesgos a la salud de la población que ello conlleva.
Sin embargo, la empresa alegó, a través de su abogado Matías Montoya, que el ruido constatado por el organismo fiscalizador “es en una baja cantidad, intensidad y no es permanente, lo que quiere decir que la calificación del cargo como grave, es infundada”.
No obstante, la SMA, a través del litigante Benjamín Muhr, explicó que se han presentado diversas denuncias, antes y después del procedimiento sancionatorio, y todas describen el efecto a la salud que genera el ruido, afectando el sueño, provocando cefaleas, generando estrés y otros efectos, lo que motivó una visita a terreno, y se constatara la superación a la norma de ruido de 5 y 7 decibeles.

Incumplimientos
Respecto a lo anterior, se pudo establecer que Interchile había comprometido 1.176 monitoreos en la etapa de construcción y 318 en la de funcionamiento. Sin embargo, en ambas etapas no se cumplió el compromiso y de las 130 mediciones efectuadas por la SMA en la etapa de operación, 24 de ellas presentaron una superación a la norma de ruido establecida en el Decreto Supremo 38, lo que equivale a un 17% de la muestra.
Muhr fue enfático al manifestar que “la empresa no tiene voluntad de adoptar medidas ya que tampoco lo hizo en el programa de cumplimiento”, y enfatizó que se está hablando de más de mil monitoreos que no se efectuaron adecuadamente.
En tanto, el abogado de la empresa también dijo que aspectos formales como, por ejemplo, el decaimiento del procedimiento, debido a que el procedimiento sancionatorio estuvo suspendido por cerca de 2 años, y la figura de prescripción por la fecha en que se efectuaron los monitoreos, la que supera los tres años. Al respecto, el abogado de la SMA, explicó que la situación no ha variado porque la empresa no ha adoptado ninguna medida adicional y las condiciones que generan o propenden al efecto corona siguen igual. “Hay un incumplimiento claro a la RCA (Resolución de Calificación Ambiental) porque hay 188 mediciones de ruido comprometidas por la empresa que no fueron efectuadas, a lo que se suma todas las mediciones que la empresa tuvo que efectuar en la etapa de construcción y no realizó”, dijo Muhr.
Respecto a las MUT, la empresa indica que son medidas excesivas, sin embargo, la SMA indica que lo que es significativo es el riesgo para la salud de las personas por la cantidad de superación de ruido y asegura que la empresa debe proponer medidas para hacerse cargo de los efectos de los proyectos y es distinto a la evaluación ambiental del proyecto.
“La medida es desproporcionada porque la Superintendencia fijó plazos incumplibles y en una extensión que no se justifica, ya que el problema es focalizado y hay una MUT de 700 kilómetros con plazos desproporcionados”, afirmó el abogado de la empresa y aseguró que están llanos a buscar soluciones técnicas y la forma de implementación vía modificación de proyecto o revisando si hay impactos no previstos, pero lo que cuestionan es la sanción aplicada por la SMA.

Proyecto
El proyecto consiste en una línea de transmisión de alto voltaje que recorre las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana con una extensión aproximada de 753 kilómetros y tres subestaciones en Cardones, Maitencillo y Pan de Azúcar.
En agosto de este año, la SMA aplicó una multa por un total de 2.470 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a $1.534 millones, cerca de US$2 millones, a la empresa ISA Interchile, propietaria de la línea de transmisión Cardones-Polpaico, que une las regiones de Atacama y Metropolitana, con 753 kilómetros de extensión.
Esto luego de constatar dos las infracciones. La primera corresponde a supuestos “incumplimientos de los compromisos de monitoreo asumidos en materia de ruidos”, lo que se constata en una realización parcial e inadecuada de estas funciones, tanto en la construcción como en la operación del proyecto, “toda vez que 188 de las 318 mediciones de ruido realizadas se han hecho en condiciones que no permiten asegurar la existencia del efecto corona”. El monto de la multa por esta infracción es de 730 Unidades Tributarias Anuales (cerca de $460 millones).
La segunda infracción corresponde a la “superación de niveles máximos de presión sonora corregida para zona rural en horario diurno y nocturno”, por lo que se aplica una multa de 1.700 UTA (cerca de $1.100 millones).
Anteriormente, en 2017, la SMA multó a la empresa con 914 UTA por la “construcción y operación de una instalación de faenas en la comuna de Los Vilos no descrita en la evaluación ambiental del Proyecto”, además de no haber cumplido la medida del “Plan de rescate y relocalización de suculentas”.