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Vecinos perdieron en tribunal ambiental y ahora acudirán a la Corte Suprema para frenar obras en nuevo Hospital de La Serena

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El abogado de los tres residentes, Rafael Jordán, indicó que recurrirán con un recurso de casación ante el máximo tribunal del país. “El hospital va a generar unos 11 mil viajes adicionales (…) Y mil trabajadores. Esto requería un estudio serio que nunca se hizo”, enfatizó.

Un portazo propinó el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta (1TA) al rechazar una reclamación interpuesta por tres vecinos en contra la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en Coquimbo, entidad que declaró inadmisible su solicitud de invalidación al permiso ambiental para construir el nuevo Hospital de La Serena.
Cabe recordar que autoridad ambiental decretó que la iniciativa, cuya inversión supera los $250 millones, no debía ingresar de forma obligatoria al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
La determinación del tribunal especializado se fundamenta en que la solicitud de los reclamantes fue presentada fuera del plazo dos años previsto en la ley. La sentencia precisa que los reclamantes no intervinieron en el procedimiento de Consulta de Pertinencia (CP), por lo que no correspondía notificarles personalmente la resolución, de manera que el cómputo del plazo debe iniciarse desde la publicación del acto administrativo en el expediente electrónico, el cual es de libre acceso y se encuentra disponible en el sitio web del SEA.
Además, la sentencia establece que las alegaciones referidas a omisiones de información y eventuales impactos ambientales del proyecto exceden el objeto de una consulta de pertinencia.
“La consulta de pertinencia es un procedimiento acotado, cuyo propósito es únicamente verificar si un proyecto debe ingresar obligatoriamente al SEIA a partir de la información entregada por el titular. En este caso, los antecedentes fueron suficientes(…) Sin embargo, si en la ejecución del proyecto se aparta de lo informado o se entregaron datos que no reflejan la realidad, ello podría constituir una elusión al sistema de evaluación ambiental, materia que corresponde fiscalizar y eventualmente sancionar a la Superintendencia del Medio Ambiente, junto con las autoridades sectoriales competentes”, señaló el ministro presidente y redactor de la sentencia, Alamiro Alfaro Zepeda.
La sentencia contó con las prevenciones de la ministra Sandra Álvarez y Marcelo Hernández. Álvarez, si bien compartió la decisión, estuvo por oficiar al Ministerio de Obras Públicas y a la Subsecretaria de Redes Asistenciales con el objeto de verificar el estricto cumplimiento de las condiciones y exigencias establecidas en la concesión para la construcción del Hospital de La Serena, en particular respecto de la ampliación que se aprobó durante su tramitación.
En tanto, Hernández adhirió al fallo, pero estimó que debe establecerse el estricto cumplimiento de la normativa legal y reglamentaria aplicable, así como la presentación de los antecedentes y cumplimiento de las condiciones que le sean impuestas al titular para la obtención de los permisos sectoriales que correspondan. Además, indicó que resulta relevante considerar la participación e información a la comunidad, en las instancias respectivas, en conformidad con el Acuerdo de Escazú.

Los reclamantes

En tanto, los vecinos argumentaron en su acción que el plazo de dos años para solicitar la invalidación de la resolución que estableció que el Hospital de La Serena no requería ingresar al SEIA, debió haberse contado desde que ellos tomaron conocimiento del proyecto con la ejecución de las obras.
Según expusieron, la consulta de pertinencia presentado por el titular habría omitido información clave y subestimando aspectos ambientales relevantes, como la gestión y disposición del material excavado, el impacto en la calidad del aire, el tránsito de camiones y la afectación vial, además de carecer de autorización municipal y que el proyecto habría sido modificado sustantivamente al aumentar la superficie construida.
El abogado de los residentes, Rafael Jordan, criticó que el tribunal fundamentara su decisión en la extemporaneidad del recurso. “Sostenemos que los vecinos nunca fueron notificados de la resolución. Se enteraron recién cuando comenzaron las obras, con botaderos irregulares y tránsito de camiones. No se puede pretender que una publicación en la carpeta electrónica del SEA equivalga a notificación”, planteó.
Jordan además cuestionó que se haya descartado un estudio de impacto vial. “El hospital va a generar unos 11 mil viajes adicionales. Basta ver la saturación de Cuatro Esquinas: hoy ya no soporta la carga, menos con 700 camas, urgencias y mil trabajadores. Esto requería un estudio serio que nunca se hizo”, enfatizó.
El abogado señaló que los vecinos podrían recurrir de casación ante la Corte Suprema, aunque aún no ha recibido instrucciones de sus representados. “Corresponde ese recurso y el plazo ya está corriendo. Si los vecinos quieren continuar, estoy disponible para llevar el caso, porque creemos que esta obra no se evaluó como corresponde”, indicó.

 

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