Corporación titular del establecimiento había apelado a la sanción aplicada por la Superintendencia de Educación por “vulnerar derechos e incumplir deberes con la comunidad” y descartó ilegalidad del regulador en el proceso administrativo. Multa para afectadas llega a los $20 millones.
En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó, con costas, el recurso de reclamación interpuesto por la Corporación Colegio Alemán del Elqui en contra de la resolución exenta de la Superintendencia de Educación de Coquimbo, que impuso una sanción de 300 UTM al establecimiento por vulnerar derechos e incumplir deberes con la comunidad educativa.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Carlos Jorquera, la ministra Jimena Pérez y la abogada (i) Carolina Salas– descartó ilegalidad en el proceso administrativo sancionatorio, abierto tras el accidente que dejó a dos alumnas de enseñanza básica quemadas de gravedad.
“Así, en cuanto a los principios que deben inspirar el actuar de la Administración en los procedimientos sancionatorios, en primer término, el debido proceso, no se observa alterado, puesto que la parte recurrente pudo tomar parte en el procedimiento sancionatorio y hacer uso de todos los sistemas recursivos que la ley le franquea”, sostiene el veredicto.
La Corporación Colegio Alemán del Elqui presentó sus descargos el 10 de agosto de 2023, reconociendo la existencia del accidente. La resolución agrega que “para contradecir el acta de fiscalización, la reclamante indicó que el reglamento interno del Colegio sí contempla el protocolo de actuación ante accidentes (…) No obstante, la entidad fiscalizadora pudo constatar que al momento del accidente no se determinaba con claridad quién o quiénes eran los responsables de ejecutar las acciones consideradas en sus propios proto-colos”.
En ese sentido, el fallo del tribunal estableció que la respuesta, ante la ocurrencia del accidente, fue asumida por otros alumnos de curso superior o personal del casino, “pero no por quienes tienen a su cargo la seguridad de las y los estudiantes”.
El tribunal de alzada se formó la convicción que la entidad fiscalizadora esgrimió “conclusiones coherentes con los antecedentes y con el cargo formulado en el procedimiento administrativo que se ha señalado, el que se ha seguido y desarrollado dentro del plazo establecido por el legislador y, en fin, que la sanción impuesta, en definitiva, corresponde a aquella contemplada en la ley”.
FAMILIAS AFECTADAS
Cabe recordar que hace algunos meses las familias Monreal Galleguillos y Hernández Gacitúa, comunicaron públicamente algo de la situación que han debido vivir durante este tiempo. “Como los padres de ambas niñas siniestradas en el colegio Alemán de La Serena hace ya dos años, donde nuestras niñas se quemaron un 43% de su cuerpo con agua hirviendo y dentro de las dependencias del casino del colegio, hemos pasado ya 2 años durísimos, principalmente las niñas quienes son las reales víctimas de toda esta si-tuación, teniendo que ser intervenidas en mas de 13 ocasiones y con una proyección de al menos 3 cirugías por año en los próximos 5 años”.
En ese momento recordaron que “cada familia hemos debido sobrellevar económicamen-te todo este proceso que incluye pagos de clínica, especialistas, cirujanos, psiquiatras y una larga lista mas, el colegio quienes son los verdaderos responsables solo ayudaron en el inicio de los tratamientos y cirugías, luego de eso declaramos un total abandono y descuido”