{"id":4178,"date":"2021-12-15T21:40:49","date_gmt":"2021-12-15T21:40:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/?p=4178"},"modified":"2021-12-15T21:40:49","modified_gmt":"2021-12-15T21:40:49","slug":"han-existido-otras-causas-ambientales-en-que-la-corte-suprema-haga-un-llamado-a-conciliacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/?p=4178","title":{"rendered":"\u00bfHan existido otras causas ambientales en que la Corte Suprema haga un llamado a conciliaci\u00f3n?"},"content":{"rendered":"\n<h4 class=\"has-vivid-red-color has-text-color wp-block-heading\"><strong>De Castilla a un complejo inmobiliario de Nicol\u00e1s Ib\u00e1\u00f1ez, los bullados casos de conciliaci\u00f3n propuestos por la Corte Suprema.<br>La medida, si bien a\u00fan es considerada in\u00e9dita para este tipo de controversias, ya ha sido adoptada anteriormente para ciertos casos.<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1000\" height=\"749\" src=\"https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/CORTE-sUPREMA.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-4179\" srcset=\"https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/CORTE-sUPREMA.jpg 1000w, https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/CORTE-sUPREMA-300x225.jpg 300w, https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/CORTE-sUPREMA-768x575.jpg 768w, https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/CORTE-sUPREMA-80x60.jpg 80w, https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/CORTE-sUPREMA-265x198.jpg 265w, https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/CORTE-sUPREMA-696x521.jpg 696w, https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/CORTE-sUPREMA-561x420.jpg 561w\" sizes=\"auto, (max-width: 1000px) 100vw, 1000px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Tercera Sala de la Corte Suprema llam\u00f3 a conciliaci\u00f3n en la causa en que se revisan los recursos presentados por opositores al proyecto minero-portuario Dominga, los que apuntan a anular el fallo del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta que orden\u00f3 una nueva votaci\u00f3n en la Comisi\u00f3n de Evaluaci\u00f3n Ambiental de Coquimbo, instancia que finalmente decidi\u00f3 otorgar el permiso ambiental a la iniciativa de hierro de Andes Iron.<br>La audiencia ser\u00e1 el mi\u00e9rcoles 12 de enero de 2022, a las 13:30 horas, consigna la resoluci\u00f3n de los ministros Sergio Mu\u00f1oz, \u00c1ngela Vivando, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus. En caso de no prosperar, ser\u00e1 este \u00faltimo magistrado qui\u00e9n deber\u00e1 redactar el veredicto final.<br>La medida, si bien a\u00fan es considerada in\u00e9dita para este tipo de controversias, ya ha sido adoptada anteriormente para ciertos casos. Por ejemplo, en 2012, fue la propia Tercera Sala la que llam\u00f3 a una audiencia para que organizaciones sociales y los representantes de la Central Termoel\u00e9ctrica Castilla, de propiedad de entonces empresario brasile\u00f1o Eike Batista, llegaran a un avenimiento, en el marco de los recursos de protecci\u00f3n presentados en contra del proyecto que estimaba una inversi\u00f3n de US$4.500 millones.<br>Sergio Mu\u00f1oz, Carlos K\u00fcnsem\u00fcller, Guillermo Silva, Rosa Egnem y Juan Escobar (suplente), decidieron convocar el proceso, que estuvo a cargo del juez Mu\u00f1oz, pero que finalmente fracas\u00f3 al no lograrse acuerdo entre los recurridos y los recurrentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Valpara\u00edso<\/strong><br>Se cre\u00eda que la Municipalidad de Valpara\u00edso y la Inmobiliaria del Puerto, ligada al empresario Nicol\u00e1s Ib\u00e1\u00f1ez, iban a sellar un acuerdo por el proyecto Parque Pumpin, pero finalmente no fue as\u00ed. Las partes se hab\u00edan reunido en dos audiencias de conciliaci\u00f3n en mayo y julio de este a\u00f1o.<br>En la primera instancia, el presidente de la sala, Sergio Mu\u00f1oz, hizo recomendaciones a la inmobiliaria para generar bases de conciliaci\u00f3n. En la segunda, la empresa inform\u00f3 que las hab\u00eda acogido en general. Por ejemplo, el Mu\u00f1oz hab\u00eda propuesto reducir la cantidad de torres que contemplaba el plan de construcci\u00f3n. La inmobiliaria decidi\u00f3 disminuir de 23 a 15 edificios. Tambi\u00e9n se accedi\u00f3 a moderar la altura, que no iba a superar los 12 pisos.<br>Incluso, en el terreno donde se busca emplazar la construcci\u00f3n, la firma hab\u00eda se\u00f1alado que iba a usar un 25%, y el resto estar\u00eda destinado para parques y jardines.<br>La propuesta fue sometida a votaci\u00f3n por los miembros del Concejo Municipal de Valpara\u00edso. El resultado: se rechaz\u00f3 la propuesta.<br>El alcalde de la ciudad, Jorge Sharp, destac\u00f3 que la votaci\u00f3n fue un\u00e1nime y que \u201cesto supone que, de forma mayoritaria, el Concejo Municipal tiene una opini\u00f3n contraria al desarrollo de este proyecto inmobiliario\u201d.<br>Tras cuatro a\u00f1os de tramitaci\u00f3n, en septiembre de este a\u00f1o, la Corte Suprema fall\u00f3 a favor de la inmobiliaria, considerando ilegal el actuar del jefe comunal porte\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Jurisprudencia desde Coquimbo<\/strong><br>En el mes de mayo de 2020, vecinos de la localidad de Caimanes solicitaron al Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta la invalidaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n que calific\u00f3 favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del \u201cProyecto de Infraestructura Complementaria, INCO, de Minera Los Pelambres\u201d.<br>El principal asunto controvertido en la mencionada reclamaci\u00f3n, fue el proceso de participaci\u00f3n ciudadana (PAC), llevado adelante por el Servicio de Evaluaci\u00f3n Ambiental (SEA), durante la evaluaci\u00f3n del proyecto. Los reclamantes sostuvieron en su acci\u00f3n que no fueron involucrados en el proceso de participaci\u00f3n ciudadana (PAC), que exige la evaluaci\u00f3n ambiental como requisito para la aprobaci\u00f3n del proyecto, no obstante, su afectaci\u00f3n directa o indirecta a los residentes de la localidad de Caimanes (Los Vilos).<br>El Primer Tribunal Ambiental, mediante sentencia de 05 de octubre de 2020, decidi\u00f3 rechazar la reclamaci\u00f3n interpuesta. En contra de lo resuelto, los reclamantes dedujeron recurso de casaci\u00f3n en el fondo ante la Excma. Corte Suprema.<br>En este contexto, la Tercera Sala de nuestro m\u00e1ximo tribunal, el mismo d\u00eda en que se escucharon los alegatos y luego de haberse adoptado el respectivo acuerdo, orden\u00f3 citar a las partes a una audiencia de conciliaci\u00f3n. La referida audiencia se llev\u00f3 a cabo el 24 de junio del presente a\u00f1o y estuvo a cargo del ministro Sergio Mu\u00f1oz Gajardo.<br>En ella, se les propuso a las partes bases de conciliaci\u00f3n respecto de la materia.<br>En 2008, otro comparendo citado por la Tercera Sala del m\u00e1ximo tribunal, se lleg\u00f3 a acuerdo entre Minera Los Pelambres (MLP) y los demandantes, que retiraron el recurso de reclamaci\u00f3n contra la resoluci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de Aguas (DGA) que autoriz\u00f3 la construcci\u00f3n de El Mauro y se desisten de otros seis juicios.<br>Los reclamantes reconocieron la competencia legal de la DGA, as\u00ed como la validez de los permisos obtenidos por la minera y de los derechos de agua de MLP.<br>Con esto Minera Los Pelambres pudo finalizar las obras de construcci\u00f3n del tranque, necesario para su Plan Integral de Desarrollo, que extendi\u00f3 la vida del yacimiento.<br>La conciliaci\u00f3n involucr\u00f3 un pago de US$ 23 millones por parte de MLP, monto que incluye la compraventa a V\u00edctor Ugarte de los fundos \u201cTipay\u201d y \u201cRomero\u201d \u2013con un total aproximado 8.000 hect\u00e1reas-, as\u00ed como sus derechos de agua, y una compensaci\u00f3n a los demandantes de Caimanes, entre los que se cuentan personas naturales y cinco organizaciones.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De Castilla a un complejo inmobiliario de Nicol\u00e1s Ib\u00e1\u00f1ez, los bullados casos de conciliaci\u00f3n propuestos por la Corte Suprema.La medida, si bien a\u00fan es considerada in\u00e9dita para este tipo de controversias, ya ha sido adoptada anteriormente para ciertos casos. 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