{"id":15523,"date":"2025-04-21T11:54:38","date_gmt":"2025-04-21T15:54:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/?p=15523"},"modified":"2025-04-21T11:54:38","modified_gmt":"2025-04-21T15:54:38","slug":"barrick-avanza-con-proyecto-de-prospeccion-campanario-luego-que-el-sea-desestimara-90-reclamaciones-ambientales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.semanariotiempo.cl\/?p=15523","title":{"rendered":"Barrick avanza con proyecto de prospecci\u00f3n Campanario luego que el SEA desestimara 90 reclamaciones ambientales"},"content":{"rendered":"<h4><span style=\"color: #993300;\"><strong> No s\u00f3lo deberes tienen los contribuyentes durante esta Operaci\u00f3n Renta, sino que tambi\u00e9n cuentan con una serie de derechos y beneficios tributarios que deben exigir y pueden solicitar.<\/strong><\/span><\/h4>\n<p>La Defensor\u00eda del Contribuyente (Dedecon), organismo p\u00fablico con servicios tributarios gratuitos, entreg\u00f3 informaci\u00f3n importante sobre los distintos deberes, derechos y beneficios tributarios que tienen los contribuyentes durante esta Operaci\u00f3n Renta 2025.<br \/>\nRespecto a los deberes, lo m\u00e1s importante es que toda empresa, por muy peque\u00f1a que sea, tiene la obligaci\u00f3n de cumplir con su declaraci\u00f3n de renta 2025. Adem\u00e1s de todo contribuyente que haya obtenido ingresos anuales superiores a $10.901.628, salvo que correspondan a sueldos de un solo empleador, todos quienes tuvieron m\u00e1s de un empleador; quienes trabajaron a honorarios adem\u00e1s de las personas que solicitaron el pr\u00e9stamo solidario 2020 o 2021, y, por \u00faltimo, quienes crearon un emprendimiento en 2024 y recibieron ingresos por la venta de productos o prestaci\u00f3n de servicios.<br \/>\nEn lo que respecta a los derechos, el defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro, destac\u00f3 que este es un tema fundamental y muchas veces desconocido para el com\u00fan de las personas. Lo cierto es que existen una serie de derechos tributarios instaurados por ley, los cuales van desde la obligaci\u00f3n de la autoridad fiscal de entregar al contribuyente informaci\u00f3n actualizada de su situaci\u00f3n tributaria, hasta facilitar el cumplimiento de sus deberes, por ejemplo, asegurando la disponibilidad de los sistemas a trav\u00e9s de los cuales se realiza el proceso de declaraci\u00f3n.<br \/>\nOtro de los derechos importantes es que el Servicio de Impuestos Internos debe informar y mantener actualizada todas las anotaciones u observaciones que realice al contribuyente. Asimismo, otro derecho es que el sistema tributario debe presumir que el contribuyente siempre act\u00faa de buena fe y, adem\u00e1s, debe entregarle las opciones -dentro del plazo legal- para que pueda realizar todas las rectificaciones que estime necesarias, para as\u00ed poder recibir su devoluci\u00f3n, si es que corresponde, de manera \u00edntegra y oportuna.<\/p>\n<p><strong>\u00bfA qu\u00e9 beneficios tributarios se puede acceder?<\/strong><br \/>\nLas personas naturales pueden acceder a distintos beneficios tributarios en su Formulario 22 de declaraci\u00f3n de renta, en el marco de la Operaci\u00f3n Renta. Incluso las personas que no se encuentran obligadas a presentar su declaraci\u00f3n, pueden voluntariamente presentarla, para acceder a dichos beneficios, siempre y cuando cumplan con los requisitos espec\u00edfico para cada beneficio.<br \/>\nPor ejemplo, existe beneficio por cr\u00e9dito debido a gastos en educaci\u00f3n por cada hijo o hija. Este apoyo se establece cada menor de 25 a\u00f1os, que cuente con certificado de matr\u00edcula emitido por alguna instituci\u00f3n de ense\u00f1anza preescolar, b\u00e1sica, diferencial y media, reconocida por el Estado y que exhiban un m\u00ednimo de 85% de asistencia (durante el a\u00f1o 2024). Para contribuyentes que en conjunto (padre madre) no superen las 792 UF ($30.426.018 aprox.)<\/p>\n<p>Lo otro es un beneficio que permite que las personas que han solicitado un cr\u00e9dito o mutuo con garant\u00eda hipotecaria para la compra de una vivienda nueva con destino habitacional accedan a una rebaja de los impuestos a pagar o una devoluci\u00f3n si corresponde, por el monto pagado como dividendos. Para esta Operaci\u00f3n Renta, el monto del cr\u00e9dito corresponder\u00e1 a los dividendos efectivamente pagados con tope de $1.076.704 (16 UTM a diciembre de 2024).<\/p>\n<p>Un tercer beneficio dice relaci\u00f3n con la rebaja de intereses por cr\u00e9ditos con garant\u00eda hipotecaria. Este apoyo permite rebajar de la Renta Bruta Imponible Anual (suma respecto de las cual se calcula el impuesto a pagar), los intereses pagados por cr\u00e9ditos con garant\u00eda hipotecaria, destinados a adquirir o construir una o m\u00e1s viviendas (nuevas o usadas), o en cr\u00e9ditos de igual naturaleza destinados a pagar los cr\u00e9ditos se\u00f1alados.<\/p>\n<p>Un cuarto beneficio tributario es el ingreso no renta por utilidades de hasta 8.000 UF en la venta de bienes ra\u00edces. Las personas naturales que no est\u00e1n obligadas a llevar contabilidad y obtienen una utilidad (diferencia positiva entre el valor de venta y valor de compra del inmueble) en la venta de bienes ra\u00edces ubicados en Chile y adquiridos despu\u00e9s del 1 de enero de 2004, toda esa utilidad es un ingreso no renta (es decir, no paga impuesto alguno) hasta completar el l\u00edmite de 8.000 Unidades de Fomento, independiente del n\u00famero de venta o enajenaciones que se realicen y de las propiedades que tenga.<br \/>\nOtro beneficio dice relaci\u00f3n con ingreso no renta por arriendo de bienes ra\u00edces acogidos al DFL N\u00b02. Las personas naturales que poseen uno o m\u00e1ximo dos inmuebles (casas o departamentos) respecto de las cuales perciban rentas de arriendo, el ingreso ser\u00e1 considerado un ingreso no renta, es decir, no pagar\u00e1n impuesto. Esto, siempre y cuando el o los inmuebles arrendados se encuentren acogidos al DFL N\u00b02, corresponda a los bienes inmuebles m\u00e1s antiguos de propiedad de la persona (de acuerdo con la fecha de adquisici\u00f3n que corresponde a la inscripci\u00f3n del t\u00edtulo en el Conservador de Bienes Ra\u00edces correspondiente) y hasta por un m\u00e1ximo de dos propiedades. Ya desde la tercera propiedad de las mismas caracter\u00edsticas comienzan a pagar.<br \/>\nUn beneficio tambi\u00e9n importante a considerar es el cr\u00e9dito por Impuesto Territorial pagado (contribuciones de bienes ra\u00edces). Esto permite que las personas naturales que perciban ingresos a partir de un contrato de arriendo de propiedades (agr\u00edcolas y no agr\u00edcolas), pueden descontar de su impuesto personal el impuesto territorial que pagaron durante el a\u00f1o 2024 por las propiedades arrendadas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>No s\u00f3lo deberes tienen los contribuyentes durante esta Operaci\u00f3n Renta, sino que tambi\u00e9n cuentan con una serie de derechos y beneficios tributarios que deben exigir y pueden solicitar. 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